El Gobierno Nacional, en el marco de la emergencia económica y del aislamiento social obligatorio, dictó el DNU Nº 319/2020 por el cual dispuso el CONGELAMIENTO de las cuotas hasta el 30 de Septiembre de 2020.
Esto significa … Deberás seguir pagando tu crédito hipotecario, pero el valor de la cuota a pagar será del mismo monto al que abonaste en Marzo/2020. Este monto (el de marzo/2020) lo seguirás abonando hasta el 30/09/2020.
Ahora bien, la diferencia entre la cuota de Marzo/2020 y la que deberías haber pagado desde Abril/2020 en adelante (según el contrato) NO SE TE PERDONA … sino que se FINANCIARÁ en «al menos» TRES (3) CUOTAS MENSUALES, IGUALES Y CONSECUTIVOS *** SIN INTERESES***. Estas 3 (o más) cuotas deberán comenzar a pagarse junto con la cuota correspondiente al mes de Octubre/2020.
Y si no pagas las cuotas? Se dispone que podrás abonar la deuda a partir del mes de Octubre/2020, en «al menos» TRES (3) CUOTAS MENSUALES, IGUALES Y CONSECUTIVAS, pero en este caso se autoriza la aplicación de ***intereses compensatorios*** que no podrán exceder a la tasa fijada por el Banco Nación para Plazos Fijos a 30 días. Pero … NO PODRÁN COBRARTE INTERESES MORATORIOS, PUNITORIOS O NINGUNA OTRA PENALIDAD.
Asimismo, la norma ordena la SUSPENSIÓN DE LOS JUICIOS DE EJECUCIÓN HIPOTECARIA hasta la misma fecha 30/09/2020.
Es importante aclarar que solo es aplicable estas medidas a aquellas hipotecas que fueron suscritas para VIVIENDA ÚNICA, y no por otras razones.
Ante la duda … te invito a que me consultes!
Dra. Mónica Sticconi
Abogada – Profesora
Estudio Jurídico Especializado en Automotores.